Orden INT/2223/2014, de 27 de octubre, por la que se regula la comunicación de la información al Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico. ANEXO II B) Clasificación de las personas implicadas en accidentes de tráfico con víctimas De acuerdo con lo previsto en el artículo 2 las personas implicadas en un accidente de tráfico se clasificarán del siguiente modo: «Víctima»: Toda persona que, como consecuencia de un accidente de tráfico, resulta muerta o herida según las siguientes definiciones: a) «Fallecido a veinticuatro horas»: Toda persona que, como consecuencia de un accidente de tráfico, fallece en el acto o dentro de las siguientes veinticuatro horas. Para ello los agentes encargados de la vigilancia y control del tráfico realizarán el seguimiento de todos los heridos que hayan precisado hospitalización. b) «Herido con hospitalización superior a veinticuatro horas»: Toda persona que, como consecuencia de un accidente de tráfico, precisa una hospitalización superior a veinticuatro horas. c) «Herido con asistencia sanitaria igual o inferior a veinticuatro horas»: Toda persona herida en un accidente de tráfico que no haya precisado hospitalización superior a veinticuatro horas y que haya sido atendido por los servicios sanitarios correspondientes. Se incluyen como víctimas las personas fallecidas o heridas en un accidente provocado por la muerte natural, suicidio o intento de suicidio de otro usuario. Y se excluyen los casos confirmados de muertes naturales o en los que existan indicios de suicidio. «Ileso»: Toda persona implicada en un accidente de tráfico a la que no le sean aplicables las definiciones de fallecido a veinticuatro horas o herido. C) Datos de suministro rápido de los accidentes con víctimas De acuerdo con lo previsto en el artículo 3, los datos de suministro rápido que habrá que comunicar en los accidentes con víctimas son los siguientes: C1. Información general. Zona, hora y fecha del accidente, población, calle y número, denominación de carretera y punto kilométrico, sentido de la vía en el que se produjo el accidente, total vehículos implicados, total víctimas ocurridas, total fallecidos a veinticuatro horas, total heridos con ingreso superior a veinticuatro horas, total heridos con asistencia sanitaria inferior a veinticuatro horas, total ilesos, tipo de vía, titularidad de la vía, nudo, tipo de accidente, superficie del firme, iluminación, estado meteorológico y circulación en sentido contrario. C2. Información relativa al vehículo. Vehículo fugado, vehículo incendiado, matrícula, código de nacionalidad, número de ocupantes, posición respecto a la vía cuando el accidente ocurra en nudo, aproximación al nudo cuando el accidente ocurra en nudo, sentido de la circulación, maniobra del vehículo previa al accidente y si se trata de un vehículo sin conductor. Cuando la matrícula del vehículo no sea española, se cumplimentará, además: Fecha de primera matriculación, marca, modelo, tipo de vehículo y MMA. C3. Información relativa al conductor. Código del vehículo, fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad, accesorios de seguridad, lesividad, prueba de alcohol: Prueba de alcohol realizada, tasa 1 en aire, tasa 2 en aire, signos de influencia del alcohol, prueba de drogas: Prueba de drogas realizada, resultado de la prueba a las sustancias testadas, signos de influencia de drogas, presuntas infracciones del conductor, presuntas infracciones de velocidad y otras infracciones. C4. Información relativa al peatón. Fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad, accesorios de seguridad, lesividad, prueba de alcohol: prueba de alcohol realizada, tasa 1 en aire, tasa 2 en aire, signos de influencia del alcohol, prueba de drogas: Prueba de drogas realizada, resultado de la prueba a las sustancias testadas, signos de influencia de drogas y presuntas infracciones del peatón. C5. Información relativa al pasajero. Código del vehículo, fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad, posición en el vehículo, accesorios de seguridad y lesividad.