¿Qué servicios públicos se consideran esenciales en lo relativo al delito de abandono colectivo de servicio público?
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Artículo 409. A las autoridades o funcionarios públicos que promovieren, dirigieren u organizaren el abandono colectivo y manifiestamente ilegal de un servicio público, se les castigará con la pena de multa de ocho a doce meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años. Las autoridades o funcionarios públicos que meramente tomaren parte en el abandono colectivo o manifiestamente ilegal de un servicio público esencial y con grave perjuicio de éste o de la comunidad, serán castigados con la pena de multa de ocho a doce meses. NOTA: Los servicios públicos esenciales se definen como aquellos que garantizan derechos fundamentales, libertades públicas, y bienes constitucionalmente protegidos. Esto incluye, por ejemplo, servicios relacionados con la seguridad pública, sanidad, transporte público y cualquier otro que resulte indispensable para el normal desarrollo de la comunidad. La protección de estos servicios se basa en la necesidad de preservar el interés general frente a interrupciones graves por parte de quienes los gestionan.