La concesión de licencias corresponde a:
CONCESIÓN LICENCIA La concesión de licencias corresponde efectivamente a lo que se denomina actividad de policía administrativa. Fundamento: Dentro de la clasificación de las actividades administrativas, la actividad de policía es aquella que la Administración ejerce para controlar, limitar o condicionar derechos o actividades privadas en beneficio del interés general. En este marco, la concesión de licencias es un acto administrativo mediante el cual la Administración autoriza una actividad que está sometida a control previo, lo cual es característico de la actividad de policía administrativa. Referencia doctrinal y legal: No existe un único artículo que lo defina de forma literal, pero está ampliamente reconocido en doctrina y jurisprudencia administrativa. En manuales de Derecho Administrativo, como los de autores como Eduardo García de Enterría o Tomás-Ramón Fernández, se indica que: «La actividad de policía administrativa es el conjunto de actos mediante los cuales la Administración impone límites o condiciones al ejercicio de derechos individuales, en protección de intereses públicos.» «Las licencias, autorizaciones, permisos y concesiones forman parte de esta actividad.»