Según Lippmann los estereotipos tienen estas características (señale la incorrecta):

Socialización Estereotipos Para Lippmann los estereotipos tienen las siguientes características: Son conceptos simples. No son el resultado de observaciones o experiencias científicas o directas, ya que han sido adquiridos de segunda mano. Contienen más elementos falsos que verdaderos. Aunque tengan un fondo verdadero, falsean la realidad al exagerarse alguna de las características estereotipadas. Son resistentes al cambio ante nuevas experiencias. Son difíciles de cambiar.

Como características de una minoría étnica podemos señalar las siguientes:

CARACTERÍSTICAS DE UNA MINORÍA ÉTNICA. Una minoría étnica es un grupo dentro de una sociedad mayoritaria que posee una identidad cultural diferenciada (por ejemplo, lengua, religión, costumbres) y que, además, se encuentra en una posición de desventaja o subordinación social. Una minoría étnica se caracteriza no solo por tener una identidad cultural propia, sino también por ocupar una posición subordinada en la estructura social. 

Dentro del pluralismo cultural hay dos vertientes:

Migraciones Pluralismo Cultural. Con el fin de la II Guerra Mundial se empiezan a oír las primeras voces defensoras de la pluralidad cultural, pero esta diversidad étnica no se consolida hasta la década de los 60. En su devenir, este modelo ha sufrido una transición desde posturas más débiles hacia otras más radicales. 1. Pluralismo débil: tiene sus antecedentes en un estudio de la UNESCO sobre la integración cultural en los países receptores. Poco a poco comienzan a difundirse estas ideas, convirtiéndose en el paradigma dominante hasta muy recientemente. Rechaza los dos modelos anteriores por negar el derecho de los grupos a mantener su propia identidad (postura más acorde con los ideales humanitarios occidentales) Este modelo se manifiesta en la Educación Intercultural (EE.UU. Vicklery & Cole años 40), que viene a ser un tímido intento de evitar el conflicto étnico latente en esta sociedad. Se reconoce el derecho a mantener ciertas peculiaridades (folklore) dentro de un contexto de lealtades nacionales comunes. Se considera que es una etapa transitoria hasta que las nuevas generaciones traigan consigo la tan ansiada homogeneización nacional. Esta Educación Intercultural consta de tres principios rectores: Hay creencias y prácticas democráticas que han sido establecidas para el bienestar general y que todos los americanos deben compartir. El grupo mayoritario puede requerir a los minoritarios que no se aíslen de la comunidad general ni se aferren a formas de vida incongruentes con la práctica democrática. Los individuos deben ser libres para practicar y perpetuar sus valores, tradiciones y costumbres siempre y cuando no entren en conflicto con los valores democráticos esenciales. EE.UU. sufrió una verdadera explosión étnica en los años 60. Las terceras generaciones de inmigrantes, contra pronóstico, no habían sido asimiladas. Esto, unido a flujos de migración ininterrumpidos y a acontecimientos históricos como Vietnam o violencia racial (KKK) generó una revitalización de la conciencia étnica conocida como ethnic revival. Las tendencias asimilacionistas fueron consideradas alienantes y antidemocráticas. Se observa un cambio de actitud desde los tímidos comienzos de este modelo hasta el momento actual, a saber: El movimiento surge de las minorías en pro de su reconocimiento El pobre logro educativo justificaba la negación del derecho a una educación Se abandona el prejuicio como principal problema; ahora se demanda reconocimiento y respeto, ya no mera tolerancia. Incorporación del Estado en el compromiso activo con las nuevas tendencias pluralistas. Así pues, el pluralismo débil deja paso a una nueva perspectiva, el pluralismo fuerte, ya que pretendía una asimilación en último término, al considerarlo como una etapa transitoria hacia la asimilación con la sociedad dominante. 2. Pluralismo fuerte: son los propios grupos minoritarios los que organizan su propia defensa, superando el paternalismo vigente hasta la fecha. La base fundamental de este enfoque es que el pluralismo no es una fase transitoria, ya que los grupos étnicos permanecerán diferenciados aun con el paso del tiempo. La diversidad se concibe como un valor social y es el Estado el responsable de protegerla y fomentarla. Fueron los líderes de la comunidad negra quienes iniciaron la llamada acción positiva, esto es, políticas concretas para mejorar la situación de su grupo. Estas acciones se extrapolaron rápidamente a otros grupos, lo que hizo que se replantearan los procesos de reconstrucción nacional americana a partir del insoslayable mosaico étnico. En los años 60 la problemática de la integración cultural adquiere una fuerza renovada, asumiendo los siguientes rasgos: Derecho a preservar la propia identidad cultural La identidad cultural, más que un derecho es un valor para la sociedad en general El Estado ha de intervenir en el mantenimiento de la diversidad, también con la sociedad autóctona para el reconocimiento de los beneficios de la misma. Aún así, el pluralismo tiene dificultades, tanto teóricas como prácticas. En cuanto a las teóricas se observa una indefinición de conceptos y una ambigüedad en los contenidos. La idea central es que se deben preservar las culturas de todos los miembros de una sociedad sin que ello colisione con la formación social común. En definitiva, mantener la diversidad conservando así mismo un marco de referencia compartido que evite la fragmentación y posibilite la adhesión a la sociedad global. Es en este marco de referencia donde ha de insertarse la pluralidad como valor social, pero no se ha definido qué debe ser diferenciado y qué compartido. La dificultad de este modelo se manifiesta en dos evidencias históricas: La convivencia multirracial genera tensiones sociales, no habiéndose erradicado el racismo ni la xenofobia La aparición de Europa como nuevo destino de los flujos migratorios ha avivado la polémica sobre la integración pluralista, considerándose una verdadera utopía en un contexto donde se vive con especial tensión el dualismo entre el universalismo y el particularismo. Ante este fracaso nos encontramos igual que hace cien años, buscando alternativas al prejuicio y a la discriminación. Se observa una incongruencia entre la ética (lo que debe ser) y la realidad (lo que realmente es). Así pues, se reabren argumentos a favor y en contra de viejos paradigmas en lugar de buscar alternativas.

La definición de genocidio como los actos perpetrados con la intención de destruir, totalmente o en parte, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal:

Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio APROBADO 09 diciembre 1948 Artículo II En la presente Convención, se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal: a) Matanza de miembros del grupo; b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo; c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; d) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo; e) Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo.

¿Cuál es la diferencia entre xenofobia y racismo?:

La palabra xenofobia proviene del prefijo griego xeno, que hace referencia a algo o alguien de origen extranjero; y el sufijo latino fobia, que indica rechazo o aversión. Así, la xenofobia significaría literalmente “rechazo al extranjero”. En principio, no tendría necesariamente connotaciones raciales o culturales, sino que basaría en el rechazo a cualquier persona por el mero hecho de no compartir la misma nacionalidad. El racismo, por su parte, es una actitud o ideología donde una raza o grupo étnico se considera superior a otra. Según el diccionario de la Real Academia Española, el racismo es la “exacerbación del sentido racial de un grupo étnico que suele motivar la discriminación o persecución de otro u otros con los que convive”, así como “una ideología o doctrina política basada en el racismo”.

Se define Xenofobia como:

SOCIOLOGÍA Concepto griego compuesto por xénos (extranjeros) y phóbos (miedo). Una fobia es un temor irracional y persistente hacia un objeto cualquiera. La Xenofobia se puede definir como el rechazo de toda identidad cultural ajena, miedo y rechazo a lo extraño y distinto. Es hostilidad, temor y odio hacia los extranjeros. La xenofobia está muy unida con el racismo y etnocentrismo, aunque no es lo mismo. La Xenofobia es un prejuicio que como ideología consiste en el rechazo de las identidades culturales que son diferentes a la propia. La Aculturación es un concepto íntimamente ligado con la asimilación y se refiere al resultado de un proceso en el cual una persona o grupo adquieren una nueva cultura o aspectos de la misma generalmente a expensas de la cultura propia y de forma involuntaria. Al igual que la discriminación la xenofobia puede ser: Cultura, por ejemplo, al impedir el acceso a determinadas razas al sistema educativo. Económico, dejando los trabajos más denigrantes y peor pagados a los extranjeros. Jurídica-Política, creando marcos políticos específicos y discriminatorios.

El concepto de la Etnia:

ETNIA: DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS SOCIOLÓGICAS Una etnia es un grupo humano que comparte una identidad cultural común, lo que incluye elementos como la lengua, religión, tradiciones, costumbres, origen histórico común y, a menudo, vínculos territoriales o simbólicos.

La Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial fue aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en:

Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial (1965) (ICERD) La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (ICERD) fue aprobada por la Asamblea General (AG) de las Naciones Unidas (ONU) en 1965 y entró en vigor en 1969. Al 5 de julio de 2011, hay 174 Estados poartes de la ICERD. Como su nombre lo dice, esta convención está dirigida explícitamente a la eliminación de la discriminación racial. La ICERD es jurídicamente vinculantes para los Estados partes miembros; cada Estado tiene la obligación de defender y aplicar todas las disposiciones de la Convención. La Convención consta de un preámbulo y 25 artículos divididos en tres partes: la primera parte establece la definición y alcance de la discriminación racial prohibida por la ICERD (artículo 1) y las obligaciones de los Estados parte (artículos 2-7); la segunda parte aborda el establecimiento de un órgano de vigilancia, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD) y su trabajo (artículos 8-16); y la tercera parte se refiere a otros asuntos técnicos (artículos 17-25).