¿Según qué criterios se clasifican los tipos de accidente?

ALCOHOLEMIA Se podrían clasificar según varios criterios: Por la causa que lo provoca: Fuerza Mayor: son sucesos que provienen de acontecimientos fuera del control de las personas intervinientes, estos pueden ser fuerzas de la naturaleza o de catástrofes naturales como inundaciones, caída de rayos, placas de hielo, terremotos, etc. Caso fortuito: son situaciones que no permiten acciones humanas que puedan evitarlas como por ejemplo obstáculos en la vía, problemas del vehículo, pérdida de conciencia. Según su situación geográfica: Urbanos: tienen lugar dentro del casco urbano. Interurbanos: suceden fuera del casco urbano. Según sus consecuencias: Mortales: cuando a consecuencia del mismo se producen fallecimientos. Con heridos: cuando a causa de este se producen heridas y lesiones en los intervinientes. Daños materiales: cuando no se producen lesiones y heridas ni fallecimiento alguno, pero si en cambio daños en los elementos materiales tanto de la vía como del vehículo implicado que reporten perjuicios económicos.

Dentro de los tiempos de actuación, donde se desarrollan procesos de coordinación para que la asistencia y por tanto la duración de esta fase sea la mínima posible, corresponde al periodo de…

ALCOHOLEMIA Periodo de conocimiento: se produce una fase que se inicia con la comunicación a la policía del accidente acaecido y se extiende hasta el momento en que la Policía llega al lugar del accidente. En este período se desarrollan procesos de coordinación para que la asistencia y por tanto la duración de esta fase sea la mínima posible.

¿Cuál de los siguientes efectos del alcohol es sobre la atención?

Alteraciones en la atención Un conductor bajo los efectos del alcohol percibe peor las luces, las señales, las distancias y las velocidades, es más sensible a los deslumbramientos, puede experimentar la visión en túnel, y sus ojos se fatigan con mayor facilidad: La capacidad para atender a dos fuentes de información a la vez queda gravemente alterada, lo que resulta peligroso especialmente en situaciones complejas (por ejemplo, en las incorporaciones o donde hay mucho tráfico implicado). La atención se focaliza en el centro del campo visual, por lo que es más difícil percibir los elementos que hay en los bordes de la vía. Será mucho más difícil mantener un nivel de atención adecuado durante un tiempo prolongado.

¿Hay diferencia en la velocidad en la que se absorbe el alcohol por el organismo en bebidas fermentadas o destiladas?

Las características del alcohol que se toma La absorción del alcohol es más lenta en bebidas fermentadas (como la cerveza o el vino) que en las destiladas (como la ginebra, el ron o el whisky). Además, el alcohol tomado junto a bebidas gaseosas (como la tónica o ciertas bebidas de cola) o tomada caliente puede favorecer la rapidez de aparición de la alcoholemia. Por ello, debes evitar el consumo de bebidas destiladas, especialmente si sueles tomarlas calientes o combinadas con bebidas gaseosa.

Una persona que resulte muerta por las heridas causadas en un accidente, se considerará víctima del mismo si…

Orden INT/2223/2014, de 27 de octubre, por la que se regula la comunicación de la información al Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico. ANEXO II Datos que se deben suministrar por los agentes encargados de la vigilancia y el control del tráfico B) Clasificación de las personas implicadas en accidentes de tráfico con víctimas De acuerdo con lo previsto en el artículo 2 las personas implicadas en un accidente de tráfico se clasificarán del siguiente modo: 1. «Víctima»: Toda persona que, como consecuencia de un accidente de tráfico, resulta muerta o herida según las siguientes definiciones: a) «Fallecido a veinticuatro horas»: Toda persona que, como consecuencia de un accidente de tráfico, fallece en el acto o dentro de las siguientes veinticuatro horas. Para ello los agentes encargados de la vigilancia y control del tráfico realizarán el seguimiento de todos los heridos que hayan precisado hospitalización. b) «Herido con hospitalización superior a veinticuatro horas»: Toda persona que, como consecuencia de un accidente de tráfico, precisa una hospitalización superior a veinticuatro horas. c) «Herido con asistencia sanitaria igual o inferior a veinticuatro horas»: Toda persona herida en un accidente de tráfico que no haya precisado hospitalización superior a veinticuatro horas y que haya sido atendido por los servicios sanitarios correspondientes. Se incluyen como víctimas las personas fallecidas o heridas en un accidente provocado por la muerte natural, suicidio o intento de suicidio de otro usuario. Y se excluyen los casos confirmados de muertes naturales o en los que existan indicios de suicidio. 2. «Ileso»: Toda persona implicada en un accidente de tráfico a la que no le sean aplicables las definiciones de fallecido a veinticuatro horas o herido.

¿Qué tiempo mínimo debe mediar entre la primera y segunda prueba de alcoholemia?

Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación. Artículo 23. Práctica de las pruebas. 2. De la misma forma advertirá a la persona sometida a examen del derecho que tiene a controlar, por sí o por cualquiera de sus acompañantes o testigos presentes, que entre la realización de la primera y de la segunda prueba medie un tiempo mínimo de 10 minutos.

La tasa de alcohol para los conductores de vehículos a motor será en sangre no superior a…

Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación. Artículo 20. Tasas de alcohol en sangre y aire espirado. No podrán circular por las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial los conductores de vehículos ni los conductores de bicicletas con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,5 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0,25 miligramos por litro. Cuando se trate de vehículos destinados al transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, vehículos destinados al transporte de viajeros de más de nueve plazas, o de servicio público, al transporte escolar y de menores, al de mercancías peligrosas o de servicio de urgencia o transportes especiales, los conductores no podrán hacerlo con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,3 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0,15 miligramos por litro. Los conductores de cualquier vehículo no podrán superar la tasa de alcohol en sangre de 0,3 gramos por litro ni de alcohol en aire espirado de 0,15 miligramos por litro durante los dos años siguientes a la obtención del permiso o licencia que les habilita para conducir. A estos efectos, sólo se computará la antigüedad de la licencia de conducción cuando se trate de la conducción de vehículos para los que sea suficiente dicha licencia.

Cuando los vehículos estén destinados al transporte de viajeros de más de 9 plazas, la tasa de alcohol en aire no puede superar …

Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación. Artículo 20. Tasas de alcohol en sangre y aire espirado. No podrán circular por las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial los conductores de vehículos ni los conductores de bicicletas con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,5 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0,25 miligramos por litro. Cuando se trate de vehículos destinados al transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, vehículos destinados al transporte de viajeros de más de nueve plazas, o de servicio público, al transporte escolar y de menores, al de mercancías peligrosas o de servicio de urgencia o transportes especiales, los conductores no podrán hacerlo con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,3 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0,15 miligramos por litro. Los conductores de cualquier vehículo no podrán superar la tasa de alcohol en sangre de 0,3 gramos por litro ni de alcohol en aire espirado de 0,15 miligramos por litro durante los dos años siguientes a la obtención del permiso o licencia que les habilita para conducir. A estos efectos, sólo se computará la antigüedad de la licencia de conducción cuando se trate de la conducción de vehículos para los que sea suficiente dicha licencia.