Dentro de los tiempos de actuación, dónde se analizan y se realizan los oportunos atestados, corresponde al periodo de…

Trabajo de gabinete Terminadas las tareas de recogida de los datos, hay que volver otra vez al trabajo de gabinete para proceder al procesamiento de los mismos. En esta última fase podemos distinguir tres tareas principales: Clasificación de los datos mediante la codificación y tabulación de los mismos. Análisis, elaboración e interpretación de los datos. Redacción del informe que contiene los resultados de la investigación.

Cuando la producción del siniestro ocurre entre el vehículo en movimiento y algún objetivo inmóvil, pudiendo ser parte de la infraestructura viaria, elementos ubicados en la calzada, o incluso otro vehículo estacionado, hablamos de:

Orden INT/2223/2014, de 27 de octubre, por la que se regula la comunicación de la información al Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico. Choque Cuando el vehículo topa contra un obstáculo o elemento que no forma parte de la infraestructura viaria, a pesar de que se encuentra en la misma o contra un elemento fijo de la vía

¿Tiene que tener formación especifica para realizar la prueba de alcoholemia el agente encargado de la vigilancia del trafico?

Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Artículo 14. Bebidas alcohólicas y drogas. 2. El conductor de un vehículo está obligado a someterse a las pruebas para la detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo, que se practicarán por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico en el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas. Igualmente quedan obligados los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en un accidente de tráfico o hayan cometido una infracción conforme a lo tipificado en esta ley

Defina choque:

CHOQUE Choque: cuando un vehículo en movimiento colisiona un coche estacionado o cualquier otro objeto fijo de la carretera.

Con respecto a las infracciones por circular con una tasa de alcoholemia superior a la reglamentariamente permitida, indique la respuesta correcta:

Instrucción 2015/S-137 1.2. Fecha y Hora de la infracción En los supuestos de infracciones por circular por las vías objeto de la Ley de Tráfico, Circulación de vehículos a motor y seguridad vial con tasas de alcohol superiores a las reglamentariamente establecidas o con presencia de drogas en el organismo, es relevante precisar el momento en que el Agente de la Autoridad tiene plena constancia de la evidencia de la infracción imputada al denunciado y por tanto procede la iniciación del correspondiente expediente sancionador. En estos supuestos habrá de reflejarse como fecha y hora de la infracción, aquella que se corresponde con el momento concreto en que al conductor o usuario se le haya ofrecido la copia del boletín de denuncia, una vez sometido a las pruebas de detección de alcohol o drogas en su organismo. En todo caso, habrá de incorporarse en la redacción de los hechos denunciados del boletín de denuncia, todas aquellas circunstancias y actuaciones que se hayan producido, sin perjuicio de las pruebas a realizar y las correspondientes medidas, en su caso, de guarda y custodia de las mismas.

Según la Ley Orgánica 5/2010 de 22 de junio, las pruebas para detectar la presencia de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas en los conductores de vehículos a motor y ciclomotores serán realizadas por (Indique la respuesta correcta):

Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal Disposición final primera. Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Se modifican el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 263 bis, el apartado 4 del artículo 282 bis y el apartado 1.7.ª del artículo 796, y se añade un nuevo artículo 367 septies a la Ley de Enjuiciamiento Criminal en los términos siguientes: Cuatro. Se modifica el apartado 1.7.ª del artículo 796, que queda redactado como sigue: «7.ª La práctica de las pruebas de alcoholemia se ajustará a lo establecido en la legislación de seguridad vial. Las pruebas para detectar la presencia de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas en los conductores de vehículos a motor y ciclomotores serán realizadas por agentes de la policía judicial de tráfico con formación específica y sujeción, asimismo, a lo previsto en las normas de seguridad vial. Cuando el test indiciario salival, al que obligatoriamente deberá someterse el conductor, arroje un resultado positivo o el conductor presente signos de haber consumido las sustancias referidas, estará obligado a facilitar saliva en cantidad suficiente, que será analizada en laboratorios homologados, garantizándose la cadena de custodia. Todo conductor podrá solicitar prueba de contraste consistente en análisis de sangre, orina u otras análogas. Cuando se practicaren estas pruebas, se requerirá al personal sanitario que lo realice para que remita el resultado al Juzgado de guardia por el medio más rápido y, en todo caso, antes del día y hora de la citación a que se refieren las reglas anteriores.»

En cuanto a las personas implicadas en accidentes de tráfico con víctimas, según la Orden INT/222312014, de 27 de octubre, y a los efectos de la elaboración de las estadísticas resultantes de la información recogida en el Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico y en otras fuentes, indique la respuesta correcta:

Orden INT/2223/2014, de 27 de octubre, por la que se regula la comunicación de la información al Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico. 2.1 «Fallecido»: Toda persona que, como consecuencia de un accidente de tráfico, fallece en el acto o dentro de los siguientes treinta días, lo que se determinará utilizando las bases de datos de mortalidad disponibles. Se excluirán los casos confirmados de muertes naturales o en los que existan indicios de suicidio. Se incluyen como víctimas las personas fallecidas o heridas en un accidente provocado por la muerte natural, suicidio o intento de suicidio de otro usuario. Y se excluyen los casos confirmados de muertes naturales o en los que existan indicios de suicidio