Si el último día del plazo en meses o en años fuere inhábil:
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Artículo 30. Cómputo de plazos. 5. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.