Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación recoge la SEÑALIZACIÓN en el:
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación TÍTULO IV. Señalización CAPÍTULO I. Normas generales Artículo 131. Concepto. Artículo 132. Obediencia de las señales. CAPÍTULO II. Preferencia entre señales Artículo 133. Orden de preferencia. CAPÍTULO III. Formato de las señales Artículo 134. Catálogo oficial de señales de la circulación y marcas viales. CAPÍTULO IV. Aplicación de las señales Sección 1.ª Generalidades Artículo 135. Aplicación. Artículo 136. Visibilidad. Artículo 137. Inscripciones. Artículo 138. Idioma de las señales. Sección 2.ª Responsabilidad de la señalización en las vías Artículo 139. Responsabilidad. CAPÍTULO V. Retirada, sustitución y alteración de señales Artículo 140. Obligaciones relativas a la señalización. CAPÍTULO VI. Tipos y significados de las señales de circulación Sección 1.ª Señales y órdenes de los agentes de circulación Artículo 141. Señales con el brazo y otras. Sección 2.ª Señalización circunstancial que modifica el régimen normal de utilización de la vía, elementos de balizamiento y sistemas de contención de vehículos. Artículo 142. Señalización circunstancial, elementos de balizamiento y sistemas de contención de vehículos. Sección 3.ª Semáforos Artículo 143. Tipos de semáforos. Sección 4.ª Señales verticales de circulación Artículo 144. Señales de advertencia de peligro. Objeto y tipos. Artículo 145. Señales de reglamentación. Objeto, clases y normas comunes. Artículo 146. Señales de indicación. Objeto y tipos. Sección 5.ª Marcas viales Artículo 147. Marcas viales. Objeto y clases. Sección 6.ª Tramos con obras o tareas de conservación Artículo 148. Señalización de tramos con obras o tareas de conservación. Artículo 149. Uso de señales en obra y otras actuaciones.