Tabla de contenidos

CONSTITUCIÓN

Aunque la Constitución Española de 1978 no utiliza estos términos de forma literal en sus epígrafes, la doctrina jurídica realiza esta clasificación sistemática basándose en la estructura y el contenido del Título I:

Desglose de la Clasificación

  • Derechos Civiles: Se centran en la libertad individual y la integridad física. Se encuentran principalmente en el Capítulo II, Sección 1ª (Derechos fundamentales y libertades públicas), como el derecho a la vida o la libertad ideológica.
  • Derechos Políticos: Permiten la participación del ciudadano en el Estado. El ejemplo máximo es el Art. 23 (derecho al sufragio y acceso a cargos públicos).
  • Derechos Sociales (y Económicos): Se agrupan mayoritariamente en el Capítulo III (Principios rectores de la política social y económica), como el derecho a la protección de la salud o el acceso a la cultura.