Orden de 16 de febrero de 2009, por la que se establece la descripción, diseño y características técnicas de la uniformidad de las Policías Locales, (…)
ANEXO II UNIFORMIDADES ESPECIALES
4. Uniformidad de gala.
Se utilizarán para la uniformidad de gala las prendas básicas descritas con anterioridad, que a continuación se señalan: gorra de plato, guerrera, pantalón recto o falda pantalón, corbata y zapatos, camisa de color blanco de manga larga y guantes blancos, teniéndose en cuenta las siguientes especificaciones:
4.1. Camisa de color blanco de manga larga.
De igual diseño que la camisa de manga larga de la uniformidad básica pero de color blanco.
4.2. Guantes blancos.
De color blanco y lisos, usuales del mercado.
4.3. Falda recta.
El personal femenino podrá utilizar falda recta, de color azul marino. Con dos bolsillos de costado oblicuos. Cierre por cremallera en trasero. Abertura trasera de 100 milímetros. Largo de la falda a la altura de la rodilla.
4.4. Zapatos.
De piel, color negro, lisos, flexibles, con cordones y de horma ancha. El zapato de mujer, será de las mismas características, a excepción de la altura máxima del tacón, que será de 40 milímetros.
4.5. Gorra de plato.
La gorra de plato, para la escala básica, no llevará en el cinturón, la banda perimetral de tres filas de cuadros blancos y azules.