Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género.
Artículo 3. Concepto, tipología y manifestaciones de violencia de género.
1. A los efectos de la presente Ley se entiende por violencia de género aquella que, como consecuencia de una cultura machista y como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre estas por el hecho de serlo y que se extiende como forma de violencia vicaria sobre las víctimas que se contemplan en la presente Ley.