Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía.
Artículo 70. Sanciones disciplinarias.
3. Las sanciones que pueden imponerse por la comisión de faltas leves son:
a) La suspensión de funciones de uno a cuatro días, que no supondrá la pérdida de antigüedad ni implicará la inmovilización en el escalafón.
b) El apercibimiento.