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DERECHO PENAL

La protección constitucional del derecho a la vida del no nacido (nasciturus) no tiene carácter absoluto en España. Aunque el derecho a la vida es un derecho fundamental protegido por la Constitución Española en su artículo 15, este no es considerado de manera absoluta en el caso del no nacido, ya que se permite la interrupción voluntaria del embarazo bajo ciertos supuestos y plazos regulados por la ley.

Fundamento normativo:

  1. Artículo 15 de la Constitución Española:
    • «Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral.»
    • Este artículo protege el derecho a la vida, pero la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha aclarado que la protección del nasciturus (el no nacido) no es absoluta y puede estar limitada por los derechos de la mujer, como su derecho a la salud y su integridad física y moral.
  2. Sentencia del Tribunal Constitucional 53/1985:
    • Esta sentencia es clave para entender la interpretación constitucional del derecho a la vida del no nacido. El Tribunal Constitucional estableció que el derecho a la vida del nasciturus no es un derecho absoluto y puede ser ponderado con otros derechos, como el derecho de la mujer a su integridad física y psíquica.
    • En consecuencia, se permite la interrupción del embarazo en determinados supuestos, siempre que se respeten los límites y condiciones establecidas por la ley.
  3. Ley Orgánica 2/2010, de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo:
    • Esta ley permite la interrupción voluntaria del embarazo dentro de las primeras 14 semanas de gestación de manera libre, y hasta las 22 semanas en casos de grave riesgo para la salud de la madre o del feto. Fuera de estos supuestos, se requiere la concurrencia de circunstancias excepcionales, como malformaciones incompatibles con la vida.

Resumen:

La protección constitucional del derecho a la vida del no nacido (nasciturus) no tiene carácter absoluto en España. El Tribunal Constitucional ha aclarado que este derecho debe ponderarse con otros derechos, como el derecho de la mujer a su integridad física y psíquica, lo que permite la interrupción voluntaria del embarazo bajo ciertos supuestos y plazos regulados por la ley.