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Orden INT/2944/2010, de 10 de noviembre, por la que se determinan las condiciones para la Asociación de Municipios con la finalidad de prestar servicios de Policía Local.

Artículo 2. Requisitos.

Para que los municipios a los que les es de aplicación esta Orden puedan asociarse para prestar los servicios de policía local previstos en el artículo 1, deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • a) Ser municipios limítrofes y pertenecientes a una misma Comunidad Autónoma.
  • b) No disponer separadamente de recursos suficientes para la prestación de servicios de policía local.
  • c) Que la suma de las poblaciones de los municipios asociados no supere la cifra de 40.000 habitantes.