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LICENCIAS

Las licencias de funcionamiento son autorizaciones administrativas que permiten a una persona o entidad llevar a cabo una determinada actividad o poner en marcha una operación. Su otorgamiento está intrínsecamente ligado al cumplimiento de una serie de requisitos y condiciones específicas para esa actividad en particular.

Analicemos las otras opciones:

  • A) Todas las respuestas son falsas. Ya hemos establecido que la C es correcta, por lo tanto, esta opción es falsa.
  • B) La relación jurídica entre la Administración y el Administrado no perdura en el tiempo. Esta afirmación es incorrecta. Si bien las licencias pueden tener una vigencia determinada o estar sujetas a revisiones, la relación jurídica entre la administración que otorga la licencia y el administrado que la posee perdura mientras la actividad se desarrolle bajo esa licencia, ya que la administración tiene facultades de inspección, control y, en su caso, revocación.
  • D) Se conceden para controlar el funcionamiento de la actividad u operación. Si bien el control es un aspecto importante, el propósito principal de conceder una licencia no es «controlar» per se, sino autorizar una actividad que cumple con ciertos requisitos para garantizar, entre otras cosas, la seguridad, la salubridad, el orden público o el cumplimiento de normativas específicas. El control es una consecuencia y una facultad de la administración para asegurar que las condiciones de la licencia se sigan cumpliendo. Sin embargo, la razón fundamental para su concesión es que la actividad cumpla con unas condiciones preestablecidas.