Saltar al contenidoLey 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía.
- Disposición transitoria primera. Cuerpos de la Policía Local que existan en municipios con población inferior a cinco mil habitantes.
- Disposición transitoria segunda. Procesos de selección pendientes.
- Disposición transitoria tercera. Jefaturas inmediatas desempeñadas por personal no perteneciente a los cuerpos de la Policía Local de Andalucía.
- Disposición transitoria cuarta. Superintendentes en situación a extinguir.
- Disposición transitoria quinta. Correspondencia de categorías.
- Disposición transitoria sexta. Provisión del puesto de jefatura inmediata del Cuerpo de la Policía Local por las categorías de superintendentes e intendentes principales.
- Disposición transitoria séptima. Vigencia temporal reglamentaria.
- Disposición transitoria octava. Procedimientos disciplinarios en trámite.
- Disposición transitoria novena. Escuelas municipales de la policía local.