Según la normativa que regula los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía, el uso del uniforme es obligatorio durante el servicio activo, salvo en casos específicos donde las necesidades del servicio requieran vestir de paisano, como en trabajos de investigación o en unidades específicas (por ejemplo, Policía Judicial o Seguridad Ciudadana). Esta excepción debe ser autorizada por el jefe de la dependencia correspondiente. Las opciones A y C no se ajustan a la normativa, ya que el uso del uniforme no depende del criterio personal del agente ni está relacionado exclusivamente con motivos de protocolo o solemnidad.