Constitución Española.
TÍTULO I – De los derechos y deberes fundamentales
CAPÍTULO SEGUNDO – Derechos y libertades
Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas.
Artículo 15
Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.