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Constitución Española.

Artículo 19

Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional.

Asimismo, tienen derecho a entrar y salir libremente de España en los términos que la ley establezca. Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos.


NOTA: el solicitante de asilo solo disfruta del derecho fundamental a entrar y circular libremente por España en los términos que disponen los tratados y la ley. Fuera de esas condiciones, el solicitante de asilo en frontera carece de todo derecho, no constitucional ni legal a entrar o circular por España.