Tabla de contenidos

Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.

Artículo 4

1. En ningún caso se podrá promover cuestión de jurisdicción o competencia al Tribunal Constitucional.

Artículo 5

El Tribunal Constitucional está integrado por 12 miembros, con el título de Magistrados del Tribunal Constitucional.

Artículo 7

1. El Tribunal Constitucional consta de 2 Salas.

Artículo 9

1. El Tribunal en Pleno elige de entre sus miembros por votación secreta a su Presidente y propone al Rey su nombramiento.