Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía
Artículo 26. Jefatura del cuerpo.
3. A la persona titular de la jefatura inmediata del Cuerpo le corresponderán, en todo caso, las funciones atribuidas a la escala técnica, adecuándolas a las especificidades de la plantilla.