Orden INT/2944/2010, de 10 de noviembre, por la que se determinan las condiciones para la Asociación de Municipios con la finalidad de prestar servicios de Policía Local.
Artículo 2. Requisitos.
Para que los municipios a los que les es de aplicación esta Orden puedan asociarse para prestar los servicios de policía local previstos en el artículo 1, deberán cumplir los siguientes requisitos:
- a) Ser municipios limítrofes y pertenecientes a una misma Comunidad Autónoma.
- b) No disponer separadamente de recursos suficientes para la prestación de servicios de policía local.
- c) Que la suma de las poblaciones de los municipios asociados no supere la cifra de 40.000 habitantes.