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Derecho Penal

El iter criminis se refiere a las etapas o fases por las que pasa un delito, desde su concepción hasta su ejecución. Estas fases son:

  • Fase interna: Corresponde a la ideación o planificación del delito, es decir, los pensamientos, deseos o intenciones de cometer un hecho ilícito. Esta fase no es punible porque el derecho penal no castiga los pensamientos, sino los actos externos que materializan el delito. El principio «cogitationis poenam nemo patitur» (nadie es castigado por sus pensamientos) es fundamental en el derecho penal.
  • Fase externa: Incluye la manifestación de la intención delictiva a través de actos preparatorios, la tentativa y la consumación del delito. Estas fases sí son punibles, ya que implican una conducta externa que puede afectar el orden jurídico.

Por lo tanto, la fase interna no es punible, mientras que las fases externas (preparación, tentativa y consumación) sí lo son.