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Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía.

Artículo 70. Sanciones disciplinarias.

3. Las sanciones que pueden imponerse por la comisión de faltas leves son:

a) La suspensión de funciones de uno a cuatro días, que no supondrá la pérdida de antigüedad ni implicará la inmovilización en el escalafón.

b) El apercibimiento.