Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía.
Artículo 5. La Comisión de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía.
2.º Seis personas en representación de la Administración municipal, propuestas por la asociación de municipios y provincias de carácter autonómico de mayor implantación, en la que se garantice una representación plural.