Orden INT/2223/2014, de 27 de octubre, por la que se regula la comunicación de la información al Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico.
De acuerdo con los criterios previstos en la Orden INT / 2223/2014, de 27 de octubre, un accidente de circulación es un evento inesperado de resultados no deseados que cumple los requisitos siguientes:
- Es un hecho eventual y fortuito en el que no hay intencionalidad.
- Se produce en una de las vías o en uno de los terrenos objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial como consecuencia del tráfico rodado.
- Hay implicado al menos un vehículo.
- Se producen muertes o lesiones a personas y / o daños materiales a elementos no animados.