Orden de Consejería de Gobernación, de 15 abril 2009. Establece las características y diseño de los medios técnicos de los Cuerpos de la Policía Local.
ANEXO II. Equipo básico del personal perteneciente a las policías locales
1. Equipo básico policial.
Al personal perteneciente a los Cuerpos de la Policía Local, se le dotará por parte de los Ayuntamientos del equipo básico policial que a continuación se señala, sin perjuicio de que cada Corporación Municipal pueda añadir otros elementos complementarios, tanto de autoprotección como para la prestación de los servicios; en todo caso, cada elemento de dotación contará con el correspondiente adiestramiento para su uso.
Al personal que preste servicio dispensado de la uniformidad reglamentaria, se le dotará del equipo básico de forma ajustada a las necesidades del servicio que prestan, para una mayor efectividad en el desempeño de sus tareas.
- 1.1. Arma de fuego.
- 1.2. Grilletes o lazos de seguridad.
- 1.3. Defensa personal.
- 1.4. Silbato y linterna.
- 1.5. Cartera porta-documentos.
- 1.6. Sistema de comunicación.