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Constitución Española

También el Reglamento del Senado ha agravado las condiciones para el ejercicio de la iniciativa de reforma constitucional, así, la propuesta de iniciativa la tienen, en virtud de lo dispuesto en el artículo 152, cincuenta senadores que no pertenezcan a un mismo grupo parlamentario, lo que supone, asimismo, una exigencia mayor que la que determina el artículo 108 para las proposiciones de ley, esto es, un grupo parlamentario o veinticinco senadores.