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Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

1. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan o contradigan a esta Ley y, expresamente:

  • a) La Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición final segunda respecto al Capítulo I del Título VIII y al Anexo VII de dicha Ley.