Constitución Española
Artículo 9
1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.
2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.
3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
Resumen:
Según la Constitución Española, las disposiciones sancionadoras no favorables y aquellas que sean restrictivas de derechos individuales tienen carácter irretroactivo, es decir, no pueden aplicarse a hechos ocurridos antes de su entrada en vigor. Este principio, recogido en el artículo 9.3, garantiza la seguridad jurídica y protege a los ciudadanos frente a la aplicación retroactiva de leyes más gravosas o restrictivas.