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REGIMEN LOCAL

El deber de los ciudadanos de obtener licencia previa es consecuencia de la actividad de la administración conocida como policía administrativa. De acuerdo con Garrido Falla, el concepto de policía administrativa se define como «el conjunto de medidas coactivas que utiliza la Administración para que los particulares ajusten su actividad a un fin de utilidad pública». Por tanto, el término policía administrativa hace referencia a las diversas manifestaciones en las que las Administraciones Públicas limitan la iniciativa empresarial particular, mediante una actuación administrativa de reglamentación, control e intervención en el ámbito dela esfera privada de las personas por un interés público. Este concepto difiere del término de Policía como Institución o Cuerpo Policial, donde se hace referencia a un servicio público dirigido a la protección de la comunidad, mediante la defensa del orden democrático, teniendo su razón de ser en garantizar al ciudadano el libre y pacífico ejercicio de los derechos y libertades que la Constitución le reconoce.