Tabla de contenidos

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

Artículo 33.

1. En función de su naturaleza y duración, las penas se clasifican en graves, menos graves y leves.

2. Son penas graves:

  • a) La prisión permanente revisable.
  • b) La prisión superior a cinco años.
  • c) La inhabilitación absoluta.
  • d) Las inhabilitaciones especiales por tiempo superior a cinco años.
  • e) La suspensión de empleo o cargo público por tiempo superior a cinco años.
  • f) La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a ocho años.
  • g) La privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo superior a ocho años.
  • h) La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo superior a cinco años.
  • i) La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo superior a cinco años.
  • j) La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo superior a cinco años.
  • k) La privación de la patria potestad.