SOBERANÍA TERRITORIAL
- Aguas interiores: El Estado ejerce soberanía plena, sin limitaciones, al igual que en su territorio terrestre. Esto incluye ríos, lagos, mares interiores y puertos.
- Mar territorial (B): Aunque el Estado tiene soberanía, debe permitir el paso inocente de buques extranjeros (con ciertas restricciones).
- Zona económica exclusiva (C): El Estado tiene derechos soberanos sobre los recursos, pero no soberanía plena (otros países pueden navegar o sobrevolar).
- Plataforma continental (D): El Estado tiene derechos sobre los recursos del lecho y subsuelo, pero no sobre la columna de agua (que puede ser alta mar o ZEE).
Por tanto, la soberanía plena sin limitaciones solo se aplica en aguas interiores.